El Consejo Profesional de Ingeniería de Telecomunicaciones, Electrónica y Computación (COPITEC) evalúa el Reglamento General de Administración, Gestión y Control del Espectro Radioeléctrico aprobado en la última reunión de directorio del Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom). La normativa establece los principios básicos que deben seguirse y respetarse en todo lo referido al Espectro Radioeléctrico, insumo crítico y necesario para el funcionamiento de los servicios de telecomunicaciones.

“En términos generales, como ingeniero y presidente del COPITEC, veo como positiva la aprobación de esta valiosa herramienta. Es una norma que se hizo esperar, no sólo es útil, sino imprescindible para el ordenamiento de las frecuencias y los servicios de radiocomunicaciones asociados a éstas. Por lo que he visto, el Reglamento está bien encuadrado en el orden nacional e internacional y, particularmente, pone énfasis en el Cuadro de Atribución de Bandas de Frecuencias (CABFRA), que es un elemento esencial orientativo para la industria de las telecomunicaciones, la provisión y el uso de los servicios radioeléctricos, y para los usuarios es casi una ley inamovible que se debe cumplir”, sostuvo Miguel Ángel Pesado, presidente del COPITEC.
El CABFRA refleja las decisiones de la autoridad regulatoria en materia de espectro, plasmadas a través de las distintas resoluciones que emite su directorio.


También destacó la importancia de considerar la incorporación de varias cuestiones técnicas respecto a la planificación y el ordenamiento de frecuencias en el orden nacional, tomando como base las atribuciones de la UIT y otros organismos regionales. Además de definir, de forma sencilla, la aprobación, asignación, canalización, y migración de bandas. En este sentido, resaltó la promoción de nuevas tecnologías y espectro de uso temporario y experimental, ambas cuestiones muy necesarias para contemplar la inclusión de tecnologías digitales innovadoras, siendo todos estos factores positivos.


“El reglamento también considera modalidades de otorgamiento de espectro, incorpora la asignación a demanda, licitaciones, subastas y concursos, asignación directa para fines experimentales y otros aspectos vinculados con la gestión del espectro que no estaban claramente regulados, y que han venido provocando una distorsión grande en cuanto a los procedimientos”, advirtió el directivo. A esto se sumó la incorporación del “arrendamiento de espectro, una cuestión no técnica pero quizás discutible”, agregó.


Por otro lado, establece las facultades de la autoridad de aplicación, como también las distintas competencias involucradas en la gestión del espectro. Asimismo, determina el carácter de las asignaciones, adjudicaciones, autorizaciones, permisos y habilitaciones para el uso de espectro que se pueden considerar en cada caso puntual, puesto que la dinámica de la industria exige diversas consideraciones para atender las particularidades que se presentan a la hora de gestionar este recurso.


Por esa razón, Pesado subrayó que el reglamento aprobado por el Enacom “está realizado con un criterio técnico amplio y concreto. Aborda el tema de las radiaciones no ionizantes y las interferencias. Es muy abarcativo. Por su amplitud, se presenta como un reglamento que resultaba a todas luces necesario”. Contar con esta herramienta genera un ámbito de mayor previsibilidad frente a futuras licitaciones de espectro, tanto la de 5G como a la hora de definir el futuro de la banda de 6MHz, sobre las que el COPITEC se ha expresado en favor del uso no licenciado, es decir, para Wi-Fi.


El presidente del COPITEC destacó que también incluye aspectos netamente regulatorios, además de los técnicos. Reiteró que se trata de un cuerpo normativo que se ve “positivo y favorable” al desarrollo del sector de las telecomunicaciones.


Un punto que consideró como una falta grave, es no haber establecido específicamente que el proceso de gestión del espectro en sus aspectos técnicos debería ser refrendado por profesionales matriculados en el COPITEC, si bien se interpreta que esto es así por naturaleza ya que es la única forma que se garantice el cumplimiento de las normas y reglamentos técnicos que dicta el Estado nacional. No obstante, y si bien parecería redundante, esta mención se cree necesaria atendiendo al principio de “lo que abunda no daña”, especialmente en una cuestión tan importante como es la administración del espectro radioeléctrico.