Ref: NO-2020-73167532-APN-SNYE#ENACOM

Estimados colegas:

Durante estas últimas semanas hemos recibido consultas relacionadas a la aplicación del límite de Emisiones No Deseadas, indicado en el nuevo protocolo de mediciones de equipamiento de banda ancha (incluido en la nota de referencia) el cual entrará en vigencia el próximo 1° de diciembre.

Con respecto a las dudas surgidas les adelanto que se ha decidido establecer que el límite de 30 dB indicado se aplicará solo sobre las “emisiones no esenciales”, tal como se definen y establecen en Rec. UIT-R SM.1539. Quedan entonces excluidas las emisiones fuera de banda, cuyas restricciones estamos analizando como parte del proyecto de norma técnica definitiva.

En tal sentido, la formalización de esta decisión, o sea la nota aclaratoria correspondiente más la versión V20.2 del protocolo, serán publicadas a la brevedad en nuestra página web.

El resto de las disposiciones mencionadas en la nota original, así como la entrada en vigencia del protocolo, se mantienen.