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Sumarios Resoluciones CNC
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Resolución nº 983/2002
Resolución nº 983/2002
Fecha publicación: 10-08-2008
TELEFONICA DE ARGENTINA S.A. deberá restablecer dentro de los TRES (3) días hábiles la totalidad de los servicios telefónicos que se encuentren afectados por las interrupciones ocasionadas con motivo de los daños que sufrieron los planteles, hasta el dictado de la presente resolución. (16/09/2002)
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Resolución nº 312/2003
Resolución nº 312/2003
Fecha publicación: 10-08-2008
Apruébase la Norma Técnica CNCSt2-44.01 V02.1.1 "Terminales Telefónicos", orientada a facilitar el procedimiento de homologación de los mencionados equipos
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Resolución Nº 242 (B.O. 27/01/04)
Resolución Nº 242 (B.O. 27/01/04)
Fecha publicación: 10-08-2008
DECLARAR la caducidad del Contrato de Concesión del Servicio de Comprobación Técnica de Emisiones del Espectro Radioeléctrico conforme el procedimiento establecido en el artículo 23 del Contrato.
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Resolución nº 2194/1999
Resolución nº 2194/1999
Fecha publicación: 10-08-2008
Actualización de los instrumentos técnicos-administrativos, las disposiciones y requisitos a los que deberán ajustarse las alturas máximas permitidas de estructuras soportes de antenas, destinadas al funcionamiento de estaciones de telecomunicaciones, dentro y fuera de las áreas de seguridad de vuelo de los aeródromos del país. (07/10/1999) (B.O.07/10/1999)
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Resolución nº 2007/99
Resolución nº 2007/99
Fecha publicación: 10-08-2008
Las empresas COMPAÑÍA DE TELECOMUNICACIONES INTEGRALES S.A., TELEFONICA DE ARGENTINA S.A., TELECOM ARGENTINA STET FRANCE TELECOM S.A., y COMPAÑÍA DE TELEFONOS DEL PLATA S.A., deberán presentar dentro de los (5) días de notificada la presente, ante la Gerencia de Control de esta COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES, para su registro, la totalidad de las tarifas de los servicios que ofrezcan a los clientes en general, como asimismo los planes, descuentos, promociones, bonificaciones, ofertas y toda otra modalidad de las mismas, y a su publicación integral en al menos un diario de circulación nacional, bajo apercibimiento de iniciar el procedimiento sancionatorio previsto en el Capítulo IX del Decreto Nº 1185/90 y sus modificatorios.
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